Ni acabar con el odio ni fomentar la paz: el verdadero objetivo de la Ley contra el Odio, por la Convivencia Pacífica y la Tolerancia es acallar las críticas y sembrar el miedo, para así intentar ponerle freno al creciente descontento social reinante en el país.

La afirmación la hicieron los juristas Luis Herrera Orellana y Jesús Ollarves tras analizar el caso de los carabobeños Erika Palacios y Ronald Sevilla, detenidos la semana pasada en el estado Carabobo por protestar contra el Gobierno y a quienes el Ministerio Público no solo imputó delitos previstos en el Código Penal, sino el de instigación al odio, contemplado en la cuestionada norma y que se castiga con hasta 20 años de prisión.

“Así como los CLAP (Comités Locales de Abastecimiento y Producción) fueron la medida anticipada que adoptó el régimen tiránico que dirige Nicolás Maduro para administrar el hambre, la llamada Ley contra el Odio de la Constituyente totalitaria es la medida anticipada para reprimir judicialmente las incontables manifestaciones, protestas y reclamos que en todo el territorio nacional se suscitan no sólo por la falta de alimentos sino por los incontables problemas que la permanencia del chavismo en el poder causa a los venezolanos en general”, afirmó Herrera, quien es profesor de Derecho Administrativo y Constitucional de la Universidad Central de Venezuela.

El catedrático aseguró que con el instrumento el Gobierno busca evitar algunas de las imágenes que espantaron al mundo durante la ola de protestas del año pasado, como la de militares disparando a quemarropa a manifestantes desarmados o atropellándolos con sus vehículos blindados.

“Es un intento de no tener que abusar del recurso de la represión permanente usado en 2017. Intentan que la gente tenga más miedo de convertirse en un preso político que de morir de hambre o alguna enfermedad y, por supuesto, de terminar de liquidar toda mínima libertad de expresión, sin tener que cerrar más medios”, afirmó el jurista.

De los 131 muertos que se registraron durante las protestas que sacudieron el país de abril a julio, al menos 20% fueron responsabilidad directa de policías y militares, de acuerdo con las cifras que el Ministerio Público tenía hasta que Luisa Ortega Díaz fue despojada de su cargo el 5 de agosto por la cuestionada Constituyente.

En similares términos se pronunció Ollarves, quien afirmó: “Calificar este documento como una ley es un exabrupto, porque no reúne las condiciones mínimas para ser considerada una ley (…) Esto es un parapeto legal que está usando el Gobierno para perseguir al ciudadano que se atreve a ejercer su derecho a manifestar”.

Copia de malos ejemplos

Tras asegurar que el texto atenta contra los derechos fundamentales de los venezolanos a expresarse y a protestar, el exmagistrado de la Corte de Apelaciones de Caracas y experto en Derecho Penal denunció que en ningún país que se pueda considerar como una democracia hay una norma similar.

En 23 de los 28 países de la Unión Europea hay leyes que castigan con prisión las intimidaciones, agresiones, daños e incluso el asesinato por razones religiosas, éticas o sexuales. La mayoría de ellas fueron aprobadas luego de la II Guerra Mundial y tras la traumática experiencia del holocausto judío realizado por el nazismo.

Sin embargo, Herrera consideró que no se pueden comparar con la venezolana, ya que dichas normativas fueron dictadas por parlamentos electos democráticamente y son aplicadas por tribunales independientes.

“Nunca es comparable ley, política o sentencia de un régimen autoritario con actos dictados en un sistema democrático, pues en los últimos esas decisiones son aprobadas por poderes legislativos democráticos, que están controlados por tribunales independientes y las normas no son lo vagas que son las venezolanas, pero sobre todo tienen un fin control: Buscan proteger a víctimas o potenciales víctimas, mientras que lo hecho por la Constituyente tiene un fin claro: Perseguir”, zanjó.

El texto venezolano es tan amplio como el que aprobó Ecuador durante el mandato de Rafael Correa, quien al igual que el fallecido Hugo Chávez y Nicolás Maduro mantenía una tensa relación con la oposición y con los medios de comunicación. Países como Rusia, Ucrania y Emiratos Árabes Unidos también han aprobado normativas similares que han sido utilizadas para castigar a la disidencia.

El artículo 20 de la ley establece:

“Quien públicamente o mediante cualquier medio apto para su difusión pública fomente, promueva o incite al odio, la discriminación o la violencia contra una persona o conjunto de personas, en razón de su pertenencia real o presunta a determinado grupo social, étnico, religioso, político, de orientación sexual, de identidad de género, de expresión de género o cualquier otro motivo discriminatorio será sancionado con prisión de diez a veinte años, sin perjuicio de la responsabilidad civil y disciplinaria por los daños causados”.

Asimismo inhabilita políticamente a la persona o agrupación señalada de promover el fascismo y abre las puertas al cierre, previas multas millonarias, de medios de comunicación acusados de difundir mensajes que se puedan considerar discriminatorios.

No obstante, en ningún artículo de la ley se define claramente qué es fascismo ni qué es discriminatorio u odio.

Las críticas contra la Ley contra el Odio no solo se han producido dentro del país, sino que han llegado de afuera. Así el relator especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), Edison Lanza, la cuestionó, por considerar que puede “impedir de forma severa el ejercicio del derecho a la libertad de expresión en Venezuela y generar un fuerte efecto intimidatorio incompatible con una sociedad democrática”.

Vía Noticierodigital.com

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