El departamento de Estado de EEUU estaría organizando una agenda de reuniones de trabajo con el nuevo “gobierno” de Venezuela encabezado por Dinorah Figuera. Los encuentros tendrían lugar en las próximas semanas sin que aún se defina el lugar, barajándose a Madrid o Washington como posibles lugares, para lo que sería la confirmación oficial del reconocimiento por EEUU a un nuevo “gobierno provisional”. De esta manera, la médico y parlamentaria Dinorah Figuera, de 62 años de edad y actualmente viviendo como asilada política en España, se está convirtiendo en la primera mujer Presidenta de Venezuela con base en la misma interpretación constitucional que sustentó el interinato de Juan Guaidó.

En conversación para este Informe, Figuera insistió que no se trataría de un nuevo “gobierno provisional”, ratificando su condición de presidenta de la Asamblea Nacional y reacia a ser considerada como cabeza del poder Ejecutivo. Figuera, en todo caso, dejó saber que estaba asumiendo “funciones constitucionales” en lo que calificó una situación “sui generis”. Esas “funciones constitucionales” son precisamente las que corresponden a una jefatura de gobierno, distinto a las funciones del poder legislativo. La situación “sui generis” a la cual se refiere la nueva Presidenta de Venezuela, es la inexistencia de un gobierno legítimamente electo dado el carácter usurpador del gobierno de Nicolás Maduro, sustento constitucional para que Guaidó asumiera la Presidencia interina el 10ENE19 y que le valió el reconocimiento de varias decenas de gobiernos, con las implicaciones legales, política, diplomáticas y administrativas que ello ha supuesto.

El Informe Otálvora del 25MAR23 reportaba que el 15MAR23 se había producido una reunión en la sede de la Embajada de EEUU en Madrid entre Dinorah Figuera y Mark Wells en su condición de subsecretario Adjunto para Brasil y Cono Sur, Asuntos Andinos y Política Económica de la Oficina de Asuntos de hemisferio occidental del Departamento de Estado. Esa reunión significó la ratificación del reconocimiento de EEUU a la Asamblea Nacional electa en 2015 como única instancia constitucional representativa del estado venezolano. Pero, indicaba este Informe que “ese reconocimiento no basta para desentrabar los embrollos legales y políticos causados por la ausencia de un gobierno reconocible en Venezuela. Figuera habría sido informada de la posición de EEUU y advertida sobre el cuadro creado a raíz de la disolución del “gobierno interino”. Ese Informe también adelantaba que “en altos niveles del aparato diplomático y de seguridad de EEUU se estaría debatiendo sobre salidas a la falta de una representación legal de Venezuela, el vacío legal provocado por la disolución del “gobierno interino” encabezado por Juan Guaidó. En todo caso, la administración Biden mantiene la posición de no reconocer a Nicolás Maduro como gobernante de Venezuela pero tampoco dará reconocimiento diplomático a un “gobierno legislativo” como el dibujado por quienes defenestraron a Juan Guaidó”.

Ahora, corridos varios meses, ya el gobierno de EEUU precisó junto a Dinorah Figuera una respuesta a esa situación.

Todo indica que la oposición venezolana y el gobierno de Joe Biden debieron dar vuelta atrás en la decisión de prescindir de la figura de un “gobierno provisional” en Venezuela, como instancia reconocible y reconocida legalmente por EEUU y otros gobiernos. La interpretación de la Constitución venezolana asumida por EEUU durante el gobierno de Trump y dejada a un lado por algunos operadores de la Casa Blanca del gobierno Biden, nuevamente apareció como una necesidad y solución legal. Si bien la decisión y los respectivos actos oficiales no se han hecho públicos, en medios oficiales de Washington y de Londres se dan como un hecho. En el caso de EEUU, diversas decisiones que han sido emitidas en las últimas semanas tienen como condición legal la existencia precisamente de una autoridad ejecutiva venezolana reconocible, distinta a un inaceptable “gobierno parlamentario”, la cual encarna la diputada Figuera.

El 09ENE23, el Departamento del Tesoro de EEUU emitió una licencia mediante la cual ratificaba el levantamiento de sanciones para las transacciones que personas o empresas de EEUU puedan realizar con las autoridades de la “IV Asamblea Nacional”. De esta manera, la nueva directiva de la AN podría manejar cuentas bancarias y realizar transacciones financieras en EEUU, a los efectos del flujo de los recursos del estado venezolano que permanecen represados en EEUU y son utilizados para financiar la operación de la AN y del “gobierno de transición”. En todo caso, esa licencia no podría traducirse en la liberación de dinero por parte del

Departamento del Tesoro hasta tanto la contraparte venezolana no cumpliera con condiciones legales reclamables en EEUU que permitieran la “certificación” por parte del Departamento de Estado de la condición de representantes legales. En ese momento la interpretación del articulo 233 de la Constitución chavista debió ser retomada por Dinorah Figuera y por el Departamento de Estado de EEUU.

El 01MAY23, el Departamento del Tesoro de EEUU emitió una licencia mediante la cual autorizó a la “IV Asamblea Nacional” para negociar con acreedores del Estado venezolano que buscan cobrar deuda mediante el embargo y venta de activos estatales venezolanos en el exterior. La inmensa deuda externa venezolana, causada por el endeudamiento de los gobiernos de Chávez y Maduro y las sentencias judiciales por expropiaciones ejecutadas y no pagadas por el régimen, amenazan los activos de la República. La negociación de la deuda externa es una atribución típicamente del poder Ejecutivo según la constitución venezolana. En otras palabras, los procesos de negociación con acreedores que están ávidos de embargar a la petrolera Citgo, que estuvo en manos del “gobierno interino” de Juan Guaidó ahora está en manos del “gobierno interino” de Figuera.

La sindéresis se impuso y la hipocresía no les permiten admitir públicamente que tienen que cumplir la sentencia del TSJ legítimo y volver al gobierno interino (el que ellos mismos implosionaron por inoficioso).

Al final, aunque no hablen de la Sentencia del legítimo TSJ, es un éxito, del deber cumplido para los magistrados legítimos.

 

 

Fuente: DLA

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