Mesas de cambio“. El control total que ha mantenido el Banco Central de Venezuela (BCV) sobre las operaciones en divisas en el país parece haber llegado a su fin, al menos en la teoría.

El esquema de “mesas de cambio” autorizado por el ente emisor permite a la banca nacionalfacilitar transacciones en moneda extranjera entre sus clientes.

Sin embargo, en medio de la contracción económica, la hiperinflación, escasez de divisas y sanciones financieras, la economista Tamara Herrera advierte que este nuevo sistema podría verse afectado por los altos riesgos de operación.

A continuación las claves de las “mesas de cambio”

1⃣ El BCVmediante la resolución 19-05-01, aprobó a los bancos autorizados por el Sistema Financiero Nacional la apertura de “mesas de cambio” para permitir transacciones entre particulares. Eso incluye a personas naturales y jurídicas, y las operaciones interbancarias. También a organismos internacionales, incluyendo misiones diplomáticas y funcionarios.

2⃣ El decreto se ampara en la “libre convertibilidad” de la moneda establecido en el Convenio Cambiario N° 1. “Con el propósito de favorecer al desarrollo de la actividad económica, en un mercado cambiario ordenado”, reza la resolución.

3⃣ Luego de cada jornada, las instituciones bancarias deben enviar los reportes de las transacciones al BCV, que publicará los resultados a través de su página web. Dichos resultados son, según detalla a los artículos 2 y 3 del documento, el volumen de las transacciones y el tipo de cambio promedio ponderado.

4⃣ Las personas interesadas en participar en las “mesas de cambio” deben acudir directamente a los operadores cambiarios, o hacer uso de los servicios de la banca electrónica. Estos trámites podrán realizarse todos los días hábiles bancarios.

5⃣ La liquidación resultante de la compra-venta de divisas la realizará cada uno de los operadores cambiarios. Es decir, los bancos. Se deben completar los siguientes requisitos: cumplir los procesos de diligencia con los respectivos operadores y ser cliente de la entidad bancaria autorizada.

6⃣ Cada reporte de las transacciones en las mesas de cambio deben tramitarse al BCV antes de la 1 p.m. de cada jornada. “Las instituciones bancarias serán responsables frente al cliente de la liquidación de la operación”, precisa la resolución.

7⃣ El decreto aún no ha sido publicado en Gaceta Oficial. Pero la resolución 19-05-01 tiene la firma y la autorización de Sohail Hernández Parra, primera vicepresidenta gerente del BCV, para publicar el documento.

Fuente: efecto cocuyo.

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