La Fiscal General de la República en el exilio, denunció este miércoles que Tareck William Saab modificó el estatuto del Ministerio Público a conveniencia del régimen.

“Quien usurpa el cargo de Fiscal General modificó el estatuto del Ministerio Público a conveniencia del régimen. Es un atropello que atenta contra la estabilidad de los funcionarios y la autonomía de los fiscales para realizar investigaciones objetivas e imparciales #Arbitrariedad”, dijo mediante una publicación en su cuenta en la red social Twitter.

De acuerdo con la explicación dada por el equipo de Ortega Díaz, el írrito del Ministerio Público de un plumazo acaba con los cargos de carrera.

El abogado que ostenta la titularidad del órgano que dirige la investigación penal en el país, realizó la reforma del artículo tercero que de acuerdo a la Gaceta Oficial N° 40.785 del 10 de noviembre de 2015 cita que:

“Artículo 3.- Funcionarios de carrera y de libre nombramiento y remoción. Son funcionarios y funcionarias de carrera, quienes ingresen al servicio del Ministerio Público, en virtud de la aprobación de un concurso público de credenciales y de oposición, mediante nombramiento, siempre que desempeñen funciones de carácter permanente.

Se consideran cargos de libre nombramiento y remoción los cargos de alto nivel o de confianza que se determinan en el presente Estatuto de Personal.

Los cargos de alto nivel son los siguientes: Vicefiscal, Directores Generales, Directores de Línea, Subdirectores, Coordinadores, Jefes de División, Jefes de Departamento, Jefes de Unidad y Fiscales Superiores.

Los cargos de confianza son los siguientes: funcionarios y funcionarias que presten servicios directamente en la Dirección y Coordinación del Despacho del o de la Fiscal General de la República, así como los funcionarios y funcionarias que presten servicios relacionados con la seguridad del o de la Fiscal General de la República y de las dependencias del Ministerio Público, personal técnico que preste sus funciones en el área de Tecnología, Auditores, Registradores de Bienes y Materiales, Almacenistas, Supervisores de Mantenimiento, Supervisor de Mensajeros, Supervisor de Seguridad Industrial, Supervisores de Reproducción y Comunicadores Sociales.

Se consideran también cargos de libre nombramiento y remoción, aquellos que sean determinados como tales en el nombramiento del funcionario, en atención a la naturaleza de sus funciones”.

Sin embargo, el jurista nombrado por la constituyente cubana, valiéndose de su designación y atribuciones al margen de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, modificó el precitado articulo para poner como “De Confianza”,  a casi todos los funcionarios que laboran en la fiscalía.

Según la medida, acaba con los cargos de carrera y por lo tanto pueden se nombrados y despedidos a dedo y sin que se cumplan con los recursos y procedimientos de destitución.

Para el Director de actuación procesal del MP en el exilio Zair Mundaray, la medida rompe con la posibilidad de hacer carrera, “que te boten en cualquier momento si no cumples una instrucción mal dada, y atenta frente a la posibilidad de que las personas apegadas a la ley se nieguen a seguir una instrucción mal sana como todas las que están dando actualmente en la deformación del Ministerio Público en manos de estos usurpadores”.

Explicó que el MP se manejaba bajo un esquema de meritocracia, en el que en su mayoría las personas que llegaban a ser fiscales o tener cargos directivos, de subdirectores, coordinadores, habían pasado por ser abogados adjuntos, fiscales auxiliares, o tener cargos de menor jerarquía. Manifestó que había una política de privilegiar a las personas que están dentro de la institución y se hiciera carrera.

“Nosotros tenemos fiscales que fueron mensajeros, directores que fueron mensajeros en su oportunidad, gran cantidad de fiscales comenzaron de mensajeros, asistentes, o secretarios, que era lo normal. Durante todo ese proceso todos los cargos administrativos tenían estabilidad y eso incentivaba a que se aprovechara las oportunidades en materia de formación que daba la institución”, dijo.

Agregó que el mandamiento de la comisión de autonomía judicial de Naciones Unidas y en los informes de la OEA se señala “que la estabilidad de los funcionarios del poder judicial y del Ministerio Público es precisamente una garantía de independencia de autonomía y transparencia al momento de las investigaciones”.

Concluyó que lo hecho por Saab, “es defacto y nulo” porque a su juicio, éste  usurpa una función pública.

 

VÍA LA PATILLA.

 

 

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