En menos de 48 horas el Tribunal Supremo de Justicia, controlado por Nicolás Maduro, ordenó enjuiciar al primer vicepresidente de la Asamblea Nacional Edgar Zambrano y sentenció que no procede el antejuicio de mérito en su caso a pesar de que el político opositor goza de inmunidad parlamentaria como diputado de la República.

Zambrano es acusado de traición a la patria, conspiración, instigación a la insurrección, rebelión civil, concierto para delinquir, usurpación de funciones, instigación pública a la desobediencia de las leyes y el odio continuado por acompañar al presidente encargado de Venezuela, Juan Guaidó, en un acto público en el que se sublevaron funcionarios de la Guardia Nacional Bolivariana, el 30 de abril.

La amenaza de cárcel contra Zambrano significa que Maduro está atacando “las bases de sustento” de Guaidó porque no se atreve a tocar al líder opositor, argumenta el politólogo Luis Salamanca.

El jefe del despacho de la presidencia, Roberto Marrero, y el diputado de Voluntad Popular, Gilber Caro, cercanos a Guaidó, están actualmente detenidos.

El analista señala que las amenazas de Estados Unidos mantienen un efecto disuasivo que protege al presidente de la Asamblea Nacional.

“Esperamos que no pase, vamos a estar observando las calles de Venezuela, ahí en las calles donde las personas están siendo asesinadas (…) Al menos podríamos ir a ayudarlo un poco o quizá ayudarlo mucho, dependiendo”, expresó Donald Trump el pasado 1 de mayo.

El propio Guaidó se pronunció sobre la acción anunciada contra el dirigente de Acción Democrática: “¿Por qué solamente Edgar (Zambrano), yo estuve ahí, ustedes lo vieron. Yo estuve ahí porque lo justo era acompañar a soldados, mayores, tenientes, coroneles, generales que se sentían asfixiados por la persecución y todo el pueblo de Venezuela los acompañó”.

El también constitucionalista advierte que el proceso viola la inmunidad parlamentaria de Zambrano prevista en el artículo 200 de la Constitución.

“Hay una violación permanente de la inmunidad parlamentaria, la confrontación política se está dando en el terreno de los hechos y no en el terreno legal”, explica.

El artículo 200 señala:

Los diputados o diputadas a la Asamblea Nacional gozarán de inmunidad en el ejercicio de sus funciones desde su proclamación hasta la conclusión de su mandato o de la renuncia del mismo. De los presuntos delitos que cometan los y las integrantes de la Asamblea Nacional conocerá en forma privativa el Tribunal Supremo de Justicia, única autoridad que podrá ordenar, previa autorización de la Asamblea Nacional, su detención y continuar su enjuiciamiento. En caso de delito flagrante cometido por un parlamentario o parlamentaria, la autoridad competente lo o la pondrá bajo custodia en su residencia y comunicará inmediatamente el hecho al Tribunal Supremo de Justicia.

Los funcionarios públicos o funcionarias públicas que violen la inmunidad de los y las integrantes de la Asamblea Nacional, incurrirán en responsabilidad penal y serán castigados o castigadas de conformidad con la ley.

Para Salamanca “es muy difícil disolver la Asamblea Nacional” porque la única forma de hacerlo sería encarcelando a todos los diputados o a una buena parte de ellos. “Cerrar el Palacio Legislativo no es cerrar la Asamblea Nacional”, concluye.

Fuente: Efecto Cocuyo.

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