La regulación de la eutanasia llega de la mano de una controvertida ley, recurrida ante el Constitucional y que echa a andar con algunos vacíos. El Congreso aprobó el pasado 18 de marzo de 2021 la Ley Orgánica de Regulación de la Eutanasia, y dio un plazo de tres meses a las comunidades autónomas para la creación de las comisiones de garantía y evaluación, los órganos encargados de supervisar cada caso y autorizar la prestación.
Sin embargo, son cinco las comunidades que todavía no han creado esas comisiones: Andalucía, Galicia, La Rioja, Madrid y Navarra. Otras, como Castilla y León, han apurado hasta el último momento. La polémica ha rodeado la creación de estas comisiones.
Objetores de conciencia
También hay cabos sin atar en la ley en lo que se refiere a los registros de objetores. No da un plazo concreto para su puesta en marcha, aunque algunas comunidades ya los han creado, y desde los colegios de médicos se han mostrado contrarios a estas listas. «Creemos que los registros de objetores son un grave error y solo van a generar distorsiones y estimular que la gente se apunte, a pesar de que muchos médicos no saben si van a objetar o no, porque cada caso es un mundo», explica el presidente de la Comisión de Deontología de la Organización Médico Colegial, Juan José Rodríguez Sendín.
El apoyo a la ley por parte del colectivo médico es dispar y algunos colegios han publicado encuestas. En diciembre de 2019 el Colegio de Médicos de Madrid preguntó a sanitarios de varias ciudades y concluyó que siete de cada diez estaban a favor de regular la eutanasia.
Por su parte, el Departamento de Salud de la Generalitat de Cataluña realizó el pasado mes de abril una encuesta voluntaria entre el personal sanitario y un 11,4 por ciento afirmó que ejercería la objeción de conciencia, cerca de un 30 ciento respondió que lo haría solo en casos concretos y más de la mitad aseguró que no se opondría a la eutanasia.
La ley impulsada por el PSOE tendrá que hacer frente a los recursos de inconstitucionalidad presentados por PP y Vox. al considerar que atenta contra un derecho fundamental como es el derecho a la vida.
Cinco semanas después de solicitarla
El país ibérico se convierte en el séptimo país del mundo en el que esta práctica es legal. , La prestación para la ayuda a morir forma parte de la cartera básica del Sistema Nacional de Salud y podrán solicitarla las personas mayores de edad que sufran «una enfermedad grave e incurable» o un «padecimiento grave, crónico e imposibilitante» que afecte a la autonomía y que genere un «sufrimiento físico o psíquico constante e intolerable».
El paciente podrá recibir la eutanasia unas cinco semanas después de solicitarla, tras ser informado de las distintas alternativas y de los cuidados paliativos disponibles y después de confirmar su voluntad de morir al menos en cuatro ocasiones. Podrá realizarse tanto en centros sanitarios, públicos, privados o concertados, como en el domicilio.
Alejandro Ramírez Saavedra
CEO
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