Con la derogación de los ilícitos cambiarios, tal y como lo señala el decreto que así lo establece, se pretende dar “las máximas seguridades para la inversión” para que los particulares “puedan participar más activamente en emprendimientos socioeconómicos”. Más allá de los rimbombantes y huecos términos a los que la “legislación” revolucionaria nos tiene acostumbrados, lo cierto es que sobre esa disposición de la Asamblea Nacional Constituyente (ANC) se plantean serias dudas desde el punto de vista de su legitimidad y efectividad:

1. Su origen: siendo una consecuencia de un órgano antidemocrático e ilegítimo como es la ANC, todo lo que de ella surge es por naturaleza írrito y violatorio de la Constitución.

2. Su objetivo: aunque se pretenda hacer pasar por una señal de liberaciónde la economía, ello no es así, pues lo que despenalizó, entre otras cosas, fue la compra y venta de divisas, pero sigue vigente el control cambiario, el control de precios, los controles sobre la producción y toda la arbitrariedad y la corrupción que vienen con ellos aparejados.

3. Su contenido: sobre este aspecto debemos destacar varios elementos:
La derogatoria no es sólo sobre la compra y venta de divisas y la posibilidad de decir en medios de comunicación un tipo distinto al oficial, sino que también incluye —y aquí empieza el “regalo envenenado” del decreto— todos los ilícitos vinculados al uso de dólares preferenciales de manera fraudulenta. De este modo se consagra la impunidad para quienes sacaron miles de millones de dólares para su propio beneficio y sobre quienes la justicia no se ha dado ni por enterada. Si se pretende liberar las transacciones con moneda extranjera, la eliminación de estos últimos delitos no tiene ningún sentido si no es para “amnistiar” a todos los allegados al régimen que se beneficiaron de dólares preferenciales.

Como resulta obvio, no era necesaria la eliminación de los ilícitos cambiarios vinculados a la obtención de dólares a tasa preferencial, pues se podía permitir la compra y venta de divisas sin tener que derogar ese tipo delictivo.

Lo que se hace mal desde el principio no puede terminar mejor. Decimos esto porque la amnistía a los “camaradas” u otras personas que se beneficiaron de los dólares preferenciales, como todo lo que hace el régimen, no es gratuita: el decreto en su artículo 3 señala que, a pesar de la derogatoria general de los ilícitos cambiarios, igual se podrán perseguir “los casos graves”, es decir, se deja a la discreción de un funcionario determinar cuáles serán esos casos y cuáles no. Esto nos lleva a recordar que en este gobierno la discrecionalidad es sinónimo de arbitrariedad con todas las posibilidades de corrupción o uso político que eso conlleva.

Como se ha visto, el decreto “deroga”, pero al mismo tiempo deja “vivos” los delitos para los “casos graves”, lo que viola los derechos humanos consagrados en la Constitución y en Pactos internacionales que, de acuerdo con el artículo 23 de la primera, tienen rango constitucional. ¿Por qué?, el artículo 24 del texto fundamental señala que “Ninguna disposición legislativa tendrá efecto retroactivo, excepto cuando imponga menor pena”, lo cual implica que si el castigo no sólo se disminuye sino que se elimina, como es el caso, resulta de obligada aplicación la liberación de aquellos que hayan sido condenados o estén siendo procesados, si es que tales sujetos existen. Agreguemos a esto que tal derecho también está consagrado en el artículo 15 del Pacto de Derechos Civiles y Políticos del que Venezuela es parte desde hace décadas. Tratando de no nombrar las cosas por su nombre, a esto el decreto lo llama la falta de aplicación de la “no favorabilidad” sin calificarlo de principio jurídico, o de lo que es realmente, un derecho humano.

Lo anterior expone que por muy “soberana” y “plenipotenciaria” que pretenda ser la ANC, ella no puede derogar derechos humanos, pues estos son los límites de todo poder.

Sus contradicciones son obvias. Aunque se dice que sólo se perseguirán los “casos graves”, el artículo 4 del decreto señala que se rebajará la pena cuando la totalidad de las operaciones involucradas no exceda de 10 mil dólares, con lo que se deja el mensaje de que aún la operaciones menores a esa cantidad podrían perseguirse, es decir, que la discrecionalidad/arbitrariedad del funcionario se amplían aún sobre todas las operaciones, lo que resulta un contrasentido con lo que supuestamente pretende el decreto.

Tratando de lavarse la cara, el texto finaliza estableciendo que se mantiene la responsabilidad civil para reparar a la República por los daños causados por quienes usaron dólares a tasas preferenciales, lo cual, sin la coacción que da la acción penal, no es más que un saludo a la bandera en la medida en que esas divisas no se encuentren en el país, y la ausencia de una sanción penal le quita fuerza a la restitución que se pretende.

Como puede apreciarse, resulta irónico que los que dijeron combatir y “doblarle el brazo” al dólar paralelo, no sólo ahora lo legalizan, sino que le dan la bienvenida como otro logro de la revolución.

Pese a lo dicho, recordemos que al inversionista extranjero, ese tan anhelado ahora por el régimen, esta maniobra puede que le llame la atención, pero aun así no le pasará desapercibido que igual que ayer y antes de ayer, un funcionario puede llegar a su negocio y ordenarle que baje a la mitad los precios, que otro le puede decir que una cantidad grande de productos legamente obtenidos es “acaparamiento” y se los puede confiscar, o que le imponga cuál debe ser el precio de sus productos, o si para transportarlo por el país deba pagar una vacuna, pueda ser víctima de la delincuencia o de la extorsión de guardias nacionales que “se ocupan” de la seguridad en las carreteras. La verdad tiene esa mala maña de siempre querer aparecer.

¿Y a ti venezolano, cómo te afecta?
Hay que reconocer que esta nueva regulación es positiva para el ciudadano común que tiene la suerte de ganar un poco más en bolívares que para su subsistencia, o logra obtener alguna remuneración en divisas, pues se le levanta la pesada losa de la represión de un régimen que generalmente con los más vulnerables no tiene miramientos, pero que con el poder es ciego, sordo y mudo. No debemos perder de vista que estos cambios no modifican la esencia de un gobierno para el que los controles son instrumentos de dominación.

Vía La Patilla.

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